Es importante tener claro que la investigación y el ejercicio de la acción penal en Colombia son facultad exclusiva de la Fiscalía General de la Nación. Por lo anterior, cualquier conducta que revista las características de delito debe ser puesta en conocimiento de la referida autoridad.
Una vez la Fiscalía se ha enterado sobre los hechos que podrían configurar un delito, ésta tiene la obligación de iniciar la investigación (etapa de indagación), cuyo objetivo no es simplemente verificar la ocurrencia de los hechos, sino establecer si estos cumplen con los elementos para considerarse delito.
Durante la etapa de indagación, la Fiscalía adelanta varias labores destinadas a establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos. También va recolectando evidencia, por ejemplo, documentos, relatos de testigos, vídeos de cámaras de seguridad, informes de peritos, entre otros.
En principio, todos los actos de investigación que realiza la Fiscalía son reservados[1] y solamente las víctimas y sus apoderados (si cuenta con un abogado que las represente) pueden acceder a la evidencia recolectada. La razón de lo anterior es preservar los elementos materiales de prueba y evitar su alteración o la obstrucción de la investigación.
A pesar de esa reserva en la investigación, cualquier ciudadano (especialmente las personas que sospechen tener una denuncia o querella en su contra) puede, a través del ejercicio del derecho de petición, solicitar a la Fiscalía General de la Nación que se informe si en la actualidad cursa una investigación en su contra.
Entonces, si la respuesta es afirmativa, se puede consultar:
- El número de noticia criminal (el radicado del caso).
- El delito que se investiga.
- La Fiscalía que conoce del caso.
- El estado de caso (activo o inactivo).
Para acceder a la referida información, las personas pueden presentar la solicitud por los siguientes medios:
1.- Por medios virtuales, en la plataforma de recepción de PQRS – SUSI:
https://susi.fiscalia.gov.co/ui/#/pqr-new-request/1.
En ese link deberá diligenciar el formulario conforme a los datos solicitados, iniciando por: tipo de identificación, número y fecha de expedición del documento de identificación.
Finalmente, en la descripción de la PQRS, podrá indicar en qué consiste su solicitud.
Si bien no es requisito para la interposición de la petición, es recomendable adjuntar una copia legible de la cédula de ciudadanía por ambas caras del solicitante para facilitar la búsqueda de la información.
2.- De manera presencial en la Dirección de Atención al Usuario, Intervención Temprana y Asignaciones (Av. Calle 24 No. 52 – 01, bloque H, piso 1 en Bogotá). Horario: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Si asiste a la referida sede de la Fiscalía General de la Nación, deberá presentar su documento de identificación original para obtener la información mencionada anteriormente o podrá hacerlo un abogado con poder.
Tan pronto la Fiscalía General de la Nación responda su petición, y en el evento de existir noticias criminales en su contra, tendrá a su disposición la siguiente información:
(i) El número de la noticia criminal o código único de investigación, el cual está compuesto por 21 dígitos y será fundamental para identificar el caso.
(ii) La información (dirección física y correo electrónico) del Fiscal encargado de la investigación, ante quien se podría pedir copia de la denuncia o querella interpuesta en su contra, lo anterior, con la finalidad exclusiva de conocer los hechos por los que se investiga.
Si necesita de los servicios profesionales de abogados penalistas para obtener información sobre investigaciones en su contra e iniciar su defensa desde la etapa de indagación, no dude en comunicarse con nosotros por los siguientes medios:
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En nuestra próxima publicación de junio de 2022: ¿CÓMO SE PUEDE DEFENDER UNA PERSONA EN LA ETAPA DE INDAGACIÓN?
[1] Artículo 212b del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004).
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